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Revés judicial para Zero Corp: Tribunal Ambiental rechaza reclamación por proyecto en Purranque

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El Tercer Tribunal Ambiental ratificó la legalidad de las medidas impuestas por la SMA ante denuncias por olores molestos en el «Centro Crucero». El fallo desestimó las acusaciones de la empresa, señalando que el organismo actuó dentro de los plazos legales.

​El conflicto por olores en Crucero

​La controversia se originó a raíz de las medidas provisionales dictadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) contra la empresa Zero Corp SpA, titular del proyecto de ampliación del «Centro Crucero» en la comuna de Purranque. Dichas medidas ordenaban la detención parcial de actividades debido a constantes denuncias por olores molestos derivados de la acumulación de compost.

​La empresa había presentado una reclamación de ilegalidad buscando dejar sin efecto las resoluciones de la SMA que rechazaron alzar dichas restricciones, alegando indefensión y vulneración de principios jurídicos.

​El fallo del Tribunal

​Tras analizar los antecedentes del expediente R-47-2025, el Tercer Tribunal Ambiental determinó rechazar la solicitud de la empresa por una razón de peso: la «pérdida de objeto». Según la sentencia, las medidas cuestionadas dejaron de estar vigentes el 16 de noviembre de 2025, por lo que no es posible anular algo que ya no produce efectos.

​Además, el tribunal descartó cualquier arbitrariedad por parte de la SMA, confirmando que el organismo resolvió los recursos de la empresa dentro de los 30 días hábiles que estipula la ley. «No se observa ilegalidad o arbitrariedad alguna por parte de la SMA», dicta el fallo de manera categórica.

​Antecedentes técnicos

​El caso incluyó la revisión de imágenes satelitales y fiscalizaciones en terreno que daban cuenta de sectores con acumulación crítica de compost dentro del patio de la planta. Estas evidencias fueron fundamentales para que la SMA mantuviera la presión fiscalizadora en resguardo de la salud y bienestar de la comunidad de Purranque durante el proceso sancionatorio.

​Con esta resolución, el tribunal pone fin a la arremetida judicial de la empresa en esta instancia, validando el procedimiento administrativo llevado a cabo por el ente regulador ambiental en la Región de Los Lagos.

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