Irresponsable «broma» de un pasajero provocó la evacuación y el despliegue del GOPE en el Aeropuerto El Tepual
Lo que pretendía ser un comentario jocoso terminó en un masivo despliegue policial, la evacuación total del terminal de pasajeros y la detención de un sujeto. Ese fue el saldo del operativo de seguridad registrado durante la mañana de este miércoles 14 de octubre en el Aeropuerto Internacional El Tepual de Puerto Montt.
De acuerdo con los antecedentes recopilados, el hecho se desencadenó en la zona de embarque, cuando un hombre que viajaba junto a un grupo de amigos con destino a Santiago comenzó a realizar comentarios en tono de broma sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo entre sus pertenencias.
Al percatarse de la situación, los funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) activaron de inmediato los protocolos de seguridad aeroportuaria, los cuales exigen tratar de manera rigurosa cualquier alusión a explosivos. El individuo fue retido en el lugar por el personal aeroportuario a la espera de la llegada de Carabineros de Chile, quienes posteriormente concretaron su detención formal.
Evacuación del terminal y despliegue del GOPE
A raíz del incidente y en cumplimiento de la normativa aeronáutica internacional, la DGAC dispuso la evacuación preventiva de todo el edificio terminal, interrumpiendo temporalmente el flujo de pasajeros y trabajadores.
Al sitio del suceso acudió personal especializado del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de Carabineros, cuyos efectivos realizaron las inspecciones de rigor en el equipaje y las instalaciones, descartando finalmente la presencia de cualquier elemento peligroso.
¿A qué sanciones penales se expone el detenido?
El imputado quedó a disposición del Ministerio Público para su respectivo control de detención y formalización de cargos, donde la fiscalía evaluará la calificación jurídica del hecho.
En la legislación chilena, este tipo de conductas contempla duras consecuencias legales:
- Código Penal (Art. 268 bis): Sanciona a quien provoque falsas alarmas de emergencia o calamidad pública, contemplando penas de reclusión menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días de cárcel) y multas que van desde las 11 hasta las 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
- Código Aeronáutico (Art. 194 bis): Establece sanciones penales para cualquier acción que, aun sin mediar violencia, ponga o pueda poner en peligro la vida, integridad o salud de los pasajeros y tripulantes a bordo o en recintos aeroportuarios.
Tras la finalización de los peritajes del GOPE, el terminal aéreo reabrió sus puertas y las aerolíneas comenzaron la normalización paulatina de la programación de salidas y llegadas.
