¿Estás sin trabajo? Revisa los 3 beneficios económicos que pueden cobrar las personas cesantes este mes
Tras el reciente reporte del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) que fijó la tasa de desocupación nacional en un 9,6% en el trimestre móvil junio-agosto, miles de trabajadoras y trabajadores buscan alternativas de ingresos mientras permanecen en la búsqueda de un nuevo empleo.
Para hacer frente a este periodo de inactividad laboral, el sistema de protección social en Chile cuenta con tres aportes y seguros monetarios clave a los que se puede acceder en octubre: el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario y el Subsidio de Cesantía.
A continuación, detallamos las exigencias, condiciones y formas de cobro para cada uno de estos beneficios:
1. Seguro de Cesantía (AFC)
Es un derecho a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) financiado a través de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), la cual acumula el 3% de la remuneración imponible del trabajador dependiente.
- Requisitos:
- Encontrarse en situación de cesantía.
- Contrato regido por el Código del Trabajo.
- Contar con Cédula de Identidad chilena vigente.
- Contrato Indefinido o Trabajador/a de Casa Particular: Acreditar al menos 10 cotizaciones.
- Contrato a Plazo Fijo o por Obra/Faena: Acreditar al menos 5 cotizaciones.
- ¿Dónde tramitar?: Directamente en la sucursal virtual del portal de la AFC (www.afc.cl) con ClaveÚnica o clave AFC.
2. Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
A este fondo complementario financiado por el Estado y los empleadores pueden recurrir los trabajadores cuyos fondos en la Cuenta Individual (CIC) sean insuficientes al momento de ser desvinculados por causales como necesidad de la empresa, quiebra, vencimiento del plazo del contrato, conclusión del trabajo o fuerza mayor.
- Requisitos:
- Estar cesante y registrar saldo insuficiente en la CIC.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en el FCS dentro de los últimos 24 meses anteriores al despido (las últimas 3 deben ser continuas con el mismo empleador).
- Mantener una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) y aceptar las oportunidades de trabajo o capacitación que esta ofrezca.
- Nota: Este beneficio se puede solicitar hasta 10 veces en un periodo de 5 años.
- ¿Dónde tramitar?: El trámite se realiza en el sitio web oficial de la AFC.
3. Subsidio de Cesantía (IPS / Cajas de Compensación)
Es una ayuda monetaria mensual pagada por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las Cajas de Compensación, orientada a quienes no cotizaron en el sistema moderno de la AFC o mantenían contratos antiguos. Otorga además asistencia médica gratuita y cobro de asignaciones familiares.
- Montos mensuales (monto decreciente por un año máximo):
- Primeros 90 días: $17.338 mensuales.
- Día 91 al 180: $11.560 mensuales.
- Día 181 al 360: $8.669 mensuales.
- Requisitos principales:
- Registrar al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones previsionales en los últimos dos años anteriores al despido.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del municipio de su residencia y del IPS o Caja de Compensación.
- Habiendo perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si se firmó posterior a esa fecha, corresponde el Seguro de Cesantía de la AFC).

