Una ola de profunda molestia e indignación se ha tomado a los vecinos del sector de Altos de Tenglo (Segunda Etapa), luego de que se registrara el retiro y la posterior destrucción de un refugio construido colectivamente para abrigar a los animales sin hogar del sector.
De acuerdo con la denuncia ciudadana difundida por los residentes, una pequeña estructura habitacional de madera —levantada con esfuerzo, recursos propios y cariño para proteger de la lluvia, el viento y las bajas temperaturas a los perros comunitarios conocidos como Oso y Perla— fue retirada por personal de aseo y triturada directamente en un camión recolector, pese a los desesperados intentos de los vecinos por impedirlo en el lugar.
«No era basura, era su refugio» —recalcan con molestia los habitantes del sector, quienes cuestionan tajantemente el criterio utilizado en la faena de limpieza y exigen una respuesta formal a las autoridades comunales.
Canales de denuncia y vías legales disponibles
Ante este grave episodio, que involucra la pérdida de un espacio de resguardo para animales protegidos por la normativa vigente, la comunidad ha movilizado distintas herramientas institucionales y jurídicas para establecer responsabilidades:
1. Vías Oficiales de la Municipalidad de Puerto Montt
La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato (DIMAO) fiscaliza directamente las operaciones de la empresa contratista (Cosemar). Los vecinos y afectados pueden canalizar el reclamo formal ante la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) mediante:
- Plataforma Digital: Portal de Atención Ciudadana del municipio.
- Correo Electrónico: oirs@puertomontt.cl (adjuntando registros audiovisuales o fotográficos si se poseen).
- Vía Telefónica: Líneas de atención directa a los números 652 261623 o 652 261614.
- Presencial: Oficinas de la OIRS ubicadas en calle Vial 474, en el centro de Puerto Montt.
(Se aconseja exigir que la presentación sea derivada formalmente al Inspector Técnico del Servicio – ITS del contrato, debido a las posibles multas que arriesga la empresa contratista en caso de acreditarse daños o vulneración a ordenanzas locales).
2. Denuncia por Maltrato Animal (Ley de Tenencia Responsable)
Bajo el amparo de la Ley N° 21.020 (Ley Cholito), los animales comunitarios cuentan con resguardo legal, por lo que la destrucción deliberada de sus refugios e infraestructura de sobrevivencia puede constituir una figura de maltrato animal:
- Instituciones Policiales: Realizar la denuncia presencial en la unidad más cercana de la PDI o Carabineros, aportando antecedentes clave como la patente del camión de la empresa concesionaria, fecha, hora y ubicación exacta del hecho.
- Orientación Telefónica: Línea especializada de Carabineros y seguridad pública al 1436.
La comunidad espera un pronunciamiento oficial de las instancias edilicias que aclare bajo qué órdenes operó el personal en terreno y asegure medidas de reparación para la protección de los animales del sector.











